PRUEBA DE LOS HECHOS.


PRUEBA DE LOS HECHOS

Un aspecto importante pero abandonado en toda argumentación son las pruebas de los hechos, es decir, aquello que respalda toda decisión, esto es fundamental en el ámbito jurídico y en especial para los jueces. Para comprender a cabalidad los argumentos de los hechos y su funcionamiento se debe primero observar y entender sus tipos epistemológicos, los cuales son:
  1. Concepción cognositivista: la prueba donde se encuentran el objetivismo crítico, la prueba, la valoración y la actitud epistemológica no dogmática esta última nos permite identificar aquellas declaraciones falsas.  
  • Objetivismo crítico: hechos independientes del conocimiento
  • Prueba: actividad para averiguar la falsedad o veracidad de los hechos
  • Valoración: Comprobar los enunciados a la luz de las pruebas
  • Actitud epistemologica no dogmática: Permite pensar que la declaración de los hechos sea falsa.

  1. Concepción persuasiva: la prueba en donde no se busca averiguar la verdad sino su capacidad de persuasión.  
  • Prueba: La finalidad de la prueba es persuadir para poder obtener una solución favorable
  • Valoración: Concepción irracional, ya que la persuasión es un estado psicológico que no se basa en pruebas.




Ahora bien, los jueces tienen la necesidad y obligación de generar un procedimiento de prueba con el fin de averiguar los hechos de la causa. Es por esto que se genera:

  1. En primer lugar la prueba observacional: donde se valora los enunciados fácticos y su verdad;
  2. En segundo lugar se considera la prueba deductiva: la cual se basa en la ley universal en donde una circunstancias generan otras;
  3. Finalmente se tiene en cuenta la prueba inductiva: en donde el razonamiento probatorio juega un papel importante, un defecto de esto es que al basarse en la probabilidad puede que se llegue a una conclusión errónea.  
Hay dos clases de pruebas:
  1. Pruebas típicas: Son aquellas que se encuentran especificadas en la ley.
  2. Pruebas atípicas: Son aquellas que la ley no regula expresamente pero puede servir para la resolución del caso.

RELACIÓN VERDAD Y PRUEBA:
Evidencia limitaciones del procedimiento probatorio: Declaraciones de los hechos no es infalible y puede ser distinta a la obtenida por otros procedimientos sin trabas y limitaciones procesales.

Papel metodológico:Necesidad de adoptar cautelas y establecer garantías para hacer que la declaración de los hechos se aproximen a la realidad

Concepción persuasiva: Identifica ambos conceptos "verdadero es lo que resulta probado en el proceso"

Concepción cognoscitiva:Separa ambos conceptos

  • Verdadero y falso:Los hechos que describen han existido o existen en un mundo independiente. Corresponde con la realidad.
  • Probado: El enunciado ha sido confirmado por las pruebas disponibles.


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